Los diputados aprobaron una reforma al Código Penal, con la que se aumentará de 5 a 8 años de prisión por el delito de conducción peligrosa que cometan motoristas del transporte público de pasajeros y carga, y de 4 a 6 para el resto de automovilistas.
La reforma al Art. 147-E del Código Penal, fue aprobada con 67 votos a favor, en la Sesión Plenaria Ordinaria número 21, que se lleva a cabo este martes.
«Ahora todos aquellos conductores que manejen en estado de ebriedad, podrán ser sancionados con una pena de cárcel hasta de 8 años», dijo la diputada Mercela Pineda.
Según el Código Penal vigente, la pena de prisión cuando se trate de la conducción peligrosa de vehículo de motor de transporte público de pasajeros o de carga es de 3 a 5 años. Hoy, la hemos aumentado de 5 a 8 años.
— Asamblea Legislativa ?? (@AsambleaSV) September 21, 2021
¡Los irresponsables al volante recibirán su castigo! ??
— Asamblea Legislativa ?? (@AsambleaSV) September 21, 2021
Con la reforma al Código Penal, se endurecerán las penas en los casos de conducción peligrosa y las autoridades contarán con un marco legal más robusto e integral. La diputada @MarcelaPinedaSV amplía la información: pic.twitter.com/MK1Z66pAmk