La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió hoy una demanda de inconstitucionalidad de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) por dar la facultad al Presidente de la República de emitir, reformar o derogar Reglamento de la misma.
La demanda que fue presentada por los ciudadanos Eduardo Escobar y Roberto Rivera de la organización Acción Ciudadana, fue aceptada por la instancia judicial por posible ilegalidad del artículo 109, inciso primero de la mencionada ley.
La LAIP fue aprobada en diciembre de 2010 por la Asamblea Legislativa.
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