Ante recientes declaraciones de Norma Quijano, cuestionando el uso del ejército para ejecutar el #PlanControlTerritorial, el Presidente, Nayib Bukele, le recordó que el Art. 168, inciso 12 de la Constitución. lo faculta a utilizar el ejército en labores de seguridad y el mantenimiento del orden público.
El Mandatario también le pidió a Quijano leer los artículos 212 y 213 en los que también el Presidente de la República puede disponer de las Fuerzas Armadas para labores de seguridad pública, si así lo estima necesario.
El Jefe de Estado, también le refrescó la memoria al presidente de la Asamblea Legislativa, y le recordó que él cuando perdió las elecciones contra el FMLN, en 2014, pidió a la Fuerza Armada a que se rebelara y saliera en su defensa para ponerlo como presidente.
1. Que alguien le preste una copia de la Constitución a @norman_quijano. O al menos debería leer los artículos 168 (ord. 12), 212 y 213.
— Nayib Bukele (@nayibbukele) 20 de julio de 2019
2. Además, ¿no fue él quien llamó a la @FUERZARMADASV a que saliera a las calles a ponerlo de Presidente? ? pic.twitter.com/tvz0s4i04J
El ordinal 12 del Art. 168 de la Constitución de la República establece que entre otras atribuciones de Presidente de la República está: «Disponer de la Fuerza Armada para el mantenimiento de la soberanía, el orden, la seguridad y la tranquilidad de la República, y llamar al servicio la fuerza necesaria, además de la permanente, para cumplir tales fines».
El artículo 112 reza que: «La Fuerza Armada de El Salvador es una Institución fundamental para la seguridad nacional, de carácter permanente, esencialmente apolítica y obediente y no deliberará en asuntos del servicio».
El 113 dice textualmente: «La organización y el desarrollo de las actividades de la Fuerza Armada estarán sujetos a leyes, reglamentos y disposiciones especiales. Sus efectivos serán fijados anualmente por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Defensa y de Seguridad Pública, de acuerdo a las necesidades del servicio».