Los jueces del Tribunal de Sentencia de Santa Tecla dieron sus valoraciones sobre absolución a los cinco jóvenes que fueron procesados en el caso del Juicio del meme, como se conoció la supuesta clonación de la página web de LaPrensaGrafica.com que llevo al sistema judicial resolver en dos años.
Los delitos de violación de derecho de autor y derechos conexos y violación de distintivos comerciales no pudieron ser comprobados a pesar que la parte acusadora presentó abundante prueba pericial y documental explicó el juez Wilfredo Hernández.
Durante el análisis que realizó el tribunal colegiado determinaron que los peritos del Centro Nacional de Registros (CNR) no pudieron establecer el daño en la escala comercial que causaron las supuestas páginas falsas. No es lo mismo un dominio que un diseño de una página Web, por ello «a criterio de nosotros no son dominios falsos (www.ialaprensagrafica.com y www.laprensagriafica.com)».
Tampoco puedieron demostrar el uso de la marca con los dominios comprados y si no establecer el daño en la escala comercial, la tipificación de violación de distintivos comerciales no quedó demostrada.
En el caso de los delitos falsedad material no podía tipificarse, porque las infracciones anteriores no fueron comprobados.
El perito Jorge Andrade no estableció quién creo el texto de la información públicasas en esas páginas Web y con la no comparecencia del representante de LPG como víctima no determinó que hubiera algún daño. Al no establecer el perito las jerarquías los procesados no podía ejercerse la acción de agrupaciones ilícitas.