Ulloa asegura que Sala Constitucional busca un escape para no cumplir sanción del IAIP

Por Redacción UH

El exmagistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y analista político, Félix Ulloa, se pronunció sobre el reciente conflicto entre la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), luego que la primera aceptara un recurso de Amparo con el objetivo de no obedecer el proceso sancionatorio impuesto por el segundo por no entregar información sobre una reunión de la Sala de lo Constitucional con un selecto grupo de medios de comunicación.

Ulloa señala una cadena de errores que inició en el IAIP. La institución señaló responsabilidad al presidente de la CSJ, Oscar Armando Pineda Navas, como titular del Órgano Judicial, es decir de los 15 magistrados de la Corte Plena, y no como presidente de la Sala de lo Constitucional.

“El error fue haber emplazado al presidente de la Corte Suprema, ellos debieron haber emplazado al presidente de la Sala de lo Constitucional porque quienes se reunieron con los periodistas no fue la Corte Suprema, fue la Sala de lo Constitucional. Entonces la instancia a la que se le pedía la información, no era a la Corte, era a la Sala”, explicó el jurista.

A continuación, la Corte, cuyas tres Salas restantes no estuvieron involucradas en la reunión con los medios de comunicación, negaron la información, a lo que el ciudadano respondió con un recurso ante el IAIP que desencadenó un proceso sancionatorio que obligue al Órgano Judicial a entregar la documentación o que pague la multa.

“Entonces cuando el Instituto le dice al presidente de la Corte, vamos a abrir un proceso sancionatorio contra la CSJ porque se niegan a dar la información al ciudadano. Ahí está el error, debió ser vamos a imponerle la sanción a ustedes cinco, miembros de la Sala de lo Constitucional, porque se niegan dar la información que sostuvieron con los medios, y ahí no hubiese habido ningún problema, pero como se lo hacen a la Corte, entonces los otros 10 magistrados de las otras tres salas, dicen y nosotros qué tenemos que ver en eso, entonces es por eso que la Corte Plena se ampara ante la Sala”, planteó Ulloa.

Para el analista, aquí viene el segundo error cuando de manera “exprés” la Corte Plena decide ampararse ante la Sala y no imponer un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, instancia referente que dirimió estos conflictos en el pasado. Inmediatamente, la Sala de lo Constitucional conformada por los suplentes, porque los propietarios no podían conocer la causa, admiten el proceso de Amparo y decretan la medida suspensiva de la sanción.

«Siempre se utilizó a la Sala de lo Contencioso para dirimir estos conflictos, pero ahora si se abre el expediente de ir a la Sala de lo Constitucional va a ser un mal precedente y un mal acontecimiento para la justicia constitucional», afirmó el exmagistrado del TSE.

De acuerdo a Ulloa, si se acepta que los funcionarios se amparen, y el tribunal Constituiconal va a dar una respuesta definitiva diciendo que hay lugar al Amparo, se va a crear un precedente negativo. «Cualquier funcionario que sea procesado ante el IAIP u otra instancia se va a ir a amparar, y el amparo, porque el amparo es violación de derecho constitucional, y generalmente quienes violan los derechos son los funcionarios no los ciudadanos, entonces sería un mal precedente”, sostuvo.

«Están mandando un mal mensaje, una mala señal, ese es el riesgo que se esté usando el Amparo como una vía de escape para no cumplir las obligaciones que tienen los funcionarios», agregó.

La solución

Finalmente, el analista planteó una salida para evitar el conflicto y que no se presente un antecedente. En primer lugar, el IAIP deberá «corregirle la plana al ciudadano y que le digan ‘vamos a admitir su denuncia porque la información que ha pedido, no se la están dando pero vamos a reencausar y la vamos a reencausar dirigiéndola a la Sala de lo Constitucional y no a la Corte Suprema'»

El caso aún no ha sido resuelto definitivamente, «no ha causado estado», aseguró Ulloa quien dijo que todavía está a tiempo de cambiar el curso.

«El IAIP puede reencausar la solicitud del ciudadano y enmendar este entuerto, diciendo que desisten del proceso sancionatorio contra la Corte Suprema para evitar que siga el juicio de amparo y que se reencausa la petición del demandante, el ciudadano, contra la Sala de lo Constitucional», concluyó.