La reconocida abogada Tahnya Pastor aseguró que de acuerdo a los artículos 2, inciso 1, de la Ley de Enriquecimiento Ilícito establece claramente que todas las personas, sean funcionarios o no, pero que supervisen o manejen fondos públicos, deberán presentar su declaración de patrimonio.
«Es curioso porque el Art. 2 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito, ordinal primero, establece quiénes, para los efectos de esa ley, se consideran funcionarios. Nuestros amigos del Comité, quedan regulados en dicho ordinal», expresó la profesional del derecho.
Pastor añadió que tal disposición es reforzada por el Art. 5, ordinal 23 de la misma ley, que también señala que quiénes están en la obligación de cumplir con ese requisito.
El ordinal 23 del artículo 5 (misma ley), establece que presentarán declaración jurada patrimonial todos los funcionarios ??? ??????? ? ??????????? ?? ?? ?????? ?? ?????? ????????.
— Tahnya Pastor (@TahnyaPS) May 13, 2020
Este comité fue juramentado precisamente para ello pic.twitter.com/EB3yNBZBGh