SENTENCIA BLINDA A AGM DESARROLLOS PARA QUE CONTINÚE CON SERVICIO DE ALUMBRADO

Por Redacción UH

Tres de los cuatro magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidieron que la empresa AGM Desarrollo, S. A. de C. V. continúe brindando el servicio de alumbrado público en el municipio de Santa Tecla mediante luminarias de tecnología led.

La municipalidad de Santa Tecla, encabezada por el alcalde Roberto d’Aubuisson, decidió el 6 de mayo de 2015 suspender el contrato que la administración anterior del FMLN había firmado con la empresa de origen colombiano.

De acuerdo con el acta del concejo municipal de esa fecha, el contrato fue firmado el 2 de diciembre de 2014, por un monto inicial de $3,532,939.63, el cual tuvo modificaciones en las fechas de orden de inicio, pasando del 8 de enero de 2015 al 10 de abril de 2015, y finalmente al 16 de abril de 2015. En el contrato se establece que la cuota mensual es de $93,000.00, iniciando el primero pago en mayo de 2015.

Tras esa decisión, la empresa decidió acudir a instancias legales y los magistrados Elsy Dueñas, Paula Patricia Velásquez y Sergio Luis Rivera Márquez decidieron que AGM Desarrollo, S. A. de C. V. “continúe con la ejecución de las obligaciones y condiciones pactadas en el contrato”.

La decisión implica que la municipalidad debe pagar la mensualidad que la gestión del FMLN pactó en el contrato que firmó con AGM Desarrollo, S. A. de C. V. Tras esa decisión, los magistrados también establecen que la municipalidad debe rendir un informe en el que justifique el por qué rescindió el contrato.

Cabe señalar que con la decisión de los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso, la alcaldía también “debe permitir que (AGM Desarrollo, S. A. de C. V.) preste los servicios inherentes al contrato tales como el mantenimiento de las luminarias ya instaladas, la reposición, retiro, reposición y arreglo de las correspondientes”.

La decisión de la sala debe ser notificada a la Fiscalía General de la República.

La presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Dafne Yanira Sánchez, fue disidente por considerar que al dar la razón a la medida que solicitó AGM se causa un perjuicio a los intereses de los habitantes del municipio.

Nota: La Prensa Gráfica