La Sala de lo Constitucional a través de una sentencia ordenó a los titulares del Ministerio de Salud y a los directores del Hospital Nacional Rosales y del Hospital Nacional Benjamín Bloom que realicen las gestiones administrativas y financieras para garantizar el suministro de fármacos y el tratamiento médico para pacientes hemofílicos.
Los demandantes manifestaron que padecen una enfermedad que, aunque no tiene cura, es susceptible de recibir tratamiento preventivo y de control, por lo que la sentencia ampara a pacientes por la violación a su derecho a la salud, al no velar por la adecuada provisión de factores anti-hemofílicos.
Además, a fin de garantizar el suministro de los fármacos y el tratamiento médico ordenados en la sentencia, la titular del Ministerio de Salud deberá incluir en el Presupuesto de la Institución correspondiente al año 2018 los fondos necesarios para cubrir de manera integral y permanente dichas necesidad, lo cual deberá hacer del conocimiento del Consejo de Ministros.