Sala desmiente que propicie retroceso en la Ley de Acceso a la Información Pública

Por Redacción UH

El magistrado de la Sala de lo Constitucional, Sidney Blanco, desmintió este jueves que dicha instancia haya propiciado un retroceso en la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) con la resolución sobre el mandato a la Corte de Cuentas para que le entregue una auditoría de los viajes del expresidente Mauricio Funes y su esposa Vanda Pignato.

Tanto el secretario de comunicaciones, Eugenio Chicas, como Ramón Villalta, director ejecutivo de Iniciativa Social para la Democracia (ISD), expresaron que la resolución era un retroceso y un duro golpe a la LAIP.

Ante ello, el funcionario judicial destacó en lo relativo a que las instituciones no deben entregar información pública que no corresponda a la administración actual se refiere a aquella información sobre la que no haya antecedentes, porque será imposible entregar algo sobre lo que no hay un acta que contemple lo solicitado.

En lo que se refiere al carácter de interés público que debe tener la solicitud de todo ciudadano, explicó que la Sala lo que manda es no entregar información superflua, como por ejemplo cuántas fotocopias, lapiceros y otros bienes materiales han sido utilizados por determinado funcionario.

«No se puede exigir a los funcionarios de hoy que levanten un acta de lo que ocurrió hace cinco o diez años cuando no estuvieron presentes», dijo y también expresó que: “No debe entregarse información a las peticiones superfluas que carecen de interés público, como la cantidad de lapiceros usados”.

También dijo que no debe entregar información cuando esta lleve el propósito deliberado de entorpecer el normal desempeño de la misma, con la intención de desviar su trabajo de aquellos casos que si son relevantes o de interés público para la ciudadanía.

En este punto puso como ejemplo que hay muchas personas que solicitan demasiados detalles de determinada información judicial, por ejemplo, como nombres de imputados, edades, hora exacta en que inició el juicio y hasta clasificarlo por territorialidad. Eso es algo que el ciudadano debe buscar en los sitios de cada entidad, aclaró.

Por todo lo anterior el magistrado Blanco destacó que

Todo lo anterior está delimitado por la misma ley, “por lo tanto es absolutamente falso que la Sala de lo Constitucional ha retrocedido en la Ley de Acceso a la Información Pública”, finalizó, no sin antes invitar a la ciudadanía a leer bien la resolución para no caer en malas interpretaciones de la misma.