La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), admitió una demanda de inconstitucionalidad contra la elección de los magistrados propietarios y suplentes de la Corte de Cuentas de la República (CCR), a efecto de verificar si el Órgano Legislativo documentó y argumentó con objetividad la honradez, cualificación técnica y profesional y no afiliación partidaria de las personas designadas en tales cargos.
De acuerdo con el comunicado emitido, los demandantes alegan que no existe ningún tipo de explicación sobre cómo la comisión política de la Asamblea Legislativa consideró que las personas electas reunían los estándares más altos de moralidad y competencia notoria, en comparación con el resto de candidatos que postularon para dichos cargos, ni cómo lograron evidenciar la desvinculación partidaria en los funcionarios electos.
En este sentido la Sala consideró que la demanda cumple con los requisitos para ser admitida, otorgando a la Asamblea Legislativa un plazo de diez días hábiles para que justifique la constitucionalidad de la elección.
Esto implica que la Asamblea debe dar cuentas de la elección de la presidenta Carmen Elena Rivas; la primera magistrada, María del Carmen Martínez; segundo magistrado, Roberto Antonio Anzora y los suplentes, Nolberto Osmín Cunza y Patricia Lissete Bardales.