Periódicos pagarán impuestos después de 70 años de no hacerlo

Por Redacción UH

Con 68 votos, la Asamblea Legislativa aprobó reformar el Art. 8 de la Ley de Imprenta, que desde hace 70 años exonera del pago de impuestos, derechos o gravámenes a la importación, producción, difusión o venta de los productos de imprenta.

«Sé que me van a atacar pero no me importa. Hoy le pido a todos los diputados que nos definamos de qué lado estamos: del lado de la gente o en contra de ellos. Estoy seguro que en esta Asamblea siempre vamos a hacer lo legal, lo justo y lo correcto», dijo el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, quien introdujo la propuesta.

La modificación establece que: «Las imprentas y editoriales cuyas actividades no se encuentran de manera exclusiva entre las reguladas en el artículo 6 de la Ley del Libro no gozarán de exención arancelaria para la importación de materias primas, maquinaria y equipo para la impresión de materiales y/o publicaciones que no se destinen  directamente a propósitos educativos y culturales, así como a servicios diferentes a esos propósitos. Igualmente no gozarán  de deducciones del Impuesto Sobre la Renta por ingresos provenientes de estas fuentes como tampoco exenciones del impuesto a la transferencia de los bienes y prestaciones de servicios».

El Art. 2 indica que: «La utilización indebida o la destinación impropia de los beneficios tributarios previstos en esta ley será considerada como una defraudación tributaria y sancionada con la suspensión o la cancelación del beneficio, así mismo con multas por la evasión y pagos complementarios de impuestos no pagados como lo regula el Código Tributario, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar».