La Ley Especial Transitoria para Contener la Pandemia de COVID-19, aprobada en octubre por la Asamblea Legislativa con los votos de los diputados de oposición, prohíbe al Ministerio de Salud decretar cercos sanitarios en zonas donde hay aumento de casos de coronavirus, con lo cual hace prevalecer el derecho a la circulación de las personas en detrimento de la salud y la vida, informó la Secretaría de Prensa de la Presidencia.
La normativa establece que «el funcionario, agente de autoridad o empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación será sancionado con prisión de cuatro a seis años y la inhabilitación especial para el desempeño de su cargo», además de reducir a un kilómetro cuadrado el área donde se quiere contener el virus.
A pesar de esa restricción impuesta por los diputados al Gobierno del Presidente Bukele, la Sala de lo Constitucional resolvió el miércoles la controversia a favor de la Asamblea Legislativa, con lo que expone a la población a contagiarse del coronavirus, poniendo en peligro su vida y forzando al sistema de salud redoblar esfuerzos para atender el incremento de casos que podría derivarse de esa desatinada decisión.
#AtribucionesConstitucionales | Ley transitoria para combatir la pandemia por COVID-19, aprobada por diputados, hace prevalecer el derecho a la circulación en detrimento del derecho a la vida. https://t.co/cH7d2XBVS5
— Secretaría de Prensa de la Presidencia (@SecPrensaSV) December 25, 2020