Jueza sancionada por apropiación de fondos públicos deja en libertad a cafetalera y abogado

Por Redacción UH

La Jueza Noveno de Instrucción de San Salvador, Nora Victorina Montoya Martínez, dejará en libertad el próximo martes 13 de diciembre a Claudia María Herrera Díaz y al abogado Mario Ricardo Calderón Castillo, quienes según el dictamen de acusación presentado por la Fiscalía General de la República, habrían lavado millonarias sumas de dinero.

La titular del Juzgado Noveno de Instrucción tiene como antecedentes una sanción impuesta por el Tribunal de Etica Gubernamental el día 20 de octubre del año 2011 por trasgredir la prohibición ética de «utilizar en forma indebida los bienes y patrimonios del Estado», ya que según lo resuelto por dicho Tribunal, la funcionaria judicial obtuvo determinada cantidad de dinero cuando fungió como concejal del Consejo Nacional de la Judicatura y jamás lo reembolsó a pesar de no haber realizado las actividades oficiales para las que se le entregó el dinero.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sanción de la funcionaria mediante resolución pronunciada a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de junio de dos mil dieciséis en el proceso de Amparo con referencia 147-2015.

Teniendo ese antecedente, la funcionaria judicial dejará en libertad a Claudia Herrera y al abogado Mario Calderón, quienes según las pruebas aportadas por la Fiscalía no pudieron justificar el origen ilícito de millonarias sumas de dinero que poseen y han movilizado en sus cuentas bancarias.

Sumado a ello, según una pericia de Expectrometría de Iones ofrecido como prueba por el Ministerio Público y declaraciones de un Perito de Laboratorio de la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil, al momento del allanamiento en las propiedades de la señora Herrera Díaz se encontraron rastros de heroína.

Sin embargo, según la Jueza Noveno de Instrucción, las pruebas ofrecidas por la Fiscalía no eran suficientes para pasar el caso a la etapa de juicio por lo que decidió dejar a los procesados en libertad.

El Ministerio Público tiene la posibilidad de apelar la mencionada decisión o complementar la investigación en el plazo de un año para pedirle nuevamente a la funcionaria judicial que pase el caso a juicio.

Por otra parte, la Unidad Especializada en Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República tiene la posibilidad de solicitar en la jurisdicción especializada la incautación de las sumas millonarias de dinero que se consideran son producto de lavado, debido a que se trata de bienes de origen ilícito y que constituyen un incremento patrimonial no justificado por los imputados.

Las decisiones de los agentes auxiliares del Ministerio Público en este caso, se tomarán en un contexto donde la institución es cuestionada por omisión de investigación e incumplimiento de deberes en caso de suma importancia.

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