La Cámara Segunda de lo Penal resolvió que Alejandro Maximiliano González, conocido como el «Gordo Max» fuera exonerado del delito de remuneración por actos eróticos en menores de edad.
Uno de los razonamientos de este ente judicial es que la Fiscalía General de la República (FGR), no fundamento el caso con las pruebas presentadas en el proceso en contra del Gordo Max y otros tres procesados.
El Ministerio Público no pudo comprobar con peritajes las bitácoras de las llamadas que realizaron los imputados con las víctimas, tal como lo expuso durante el proceso el testigo Clave Azul.
El Tribunal Quinto de Sentencia absolvió al Gordo Max y otros procesados, porque el caso no fue robustecido, a pesar que la Fiscalía los acusaba de ser parte de una red de tratas de personas y ellos eran clientes de esta estructura criminal. Pero la FGR apeló la resolución ante una cámara superior, la cual ratificó la absolución de los delitos