La Cámara Primera de lo Penal se declaró incompetente de resolver el caso del magistrado Eduardo Jaime Escalante Díaz, acusado del delito de agresión sexual en menor e incapaz, en una niña de tan solo 10 años.
Para los honorables magistrados de la Cámara, los hechos cometidos por Escalante Díaz, no son constitutivos de delito, sino de una falta excarcelable tras el pago de una multa, por lo que remitió el caso a un juzgado de paz.
Los hechos fueron cometidos por Escalante Díaz el pasado 18 de febrero, en residencial Altavista, Ilopango, cuando en estado de ebriedad tocó las partes íntimas de la menor, pero al verse descubierto por los vecinos se dio a la fuga, siendo capturado horas después por la Policía Nacional Civil.
El máximo tribunal resolvió que el magistrado Escalante Díaz se presente cada 30 días, no salir del país y pagar una fianza de 10,000 dólares, lo cual deberá hacerse efectivo a través de un juzgado de paz capitalino.