El Tribunal Supremo Electoral, debido a las próximas elecciones presidenciales y en base al articulo 78 del Código Electoral que expresa: «Durante los treinta días anteriores para la fecha señalada para las elecciones, ni el gobierno de la República, ni los Concejos Municipales y demás entidades autónomas, podrán publicar en ningún medio de comunicación privado o estatal las contrataciones, inauguraciones de obras de infraestructura nacional o de cualquier otra naturaleza que hayan realizado, que realicen o que proyecten realizar en cumplimiento de la prestación o de los servicios de asistencia a que está obligado el estado».
El funcionario o jefe de unidad gubernativa a la que pertenezca la obra cuya publicidad se trate, serán los responsables de la violación del articulo 78. Esta prohibición inicia el 4 de enero de 2019 a las cero horas y finaliza el 3 de febrero a las 24 horas.
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El Tribunal Supremo Electoral, al gobierno de la República, Concejos Municipales, entidades autónomas y ciudadanía en general les comunica: pic.twitter.com/ohUQZlvpqr— TSE El Salvador (@TSEElSalvador) 2 de enero de 2019