Kirio Waldo: “Ley de Extinción de Dominio debe ser reformada pero sin que pierda su objetivo“

Por Redacción UH

El analista político Kirio Waldo Salgado está de acuerdo en que la Ley de Extinción de Dominio debe ser reformada, pero sin que pierda el objetivo para lo cual fue elaborada.

«Creo que sí necesita algunas reformas, algunos retoques, pero que no cambien la sustancia principal o el objetivo primario de la ley, que es despojar de sus bienes a las bandas criminales, especialmente del narcotráfico, del crimen organizado, tráfico de armas, tráfico de órganos de niños, tráfico de personas»

Salgado explicó que en un principio la referida ley no contemplaba aplicarse a casos de corrupción, pero que en el camino se le introdujo ese delito.

Sobre la pretensión de los diputados de ARENA de que no se toquen bienes que pudieron haberse adquirido lícitamente, Salgado dijo estar de acuerdo, pero aclaró que en el caso del expresidente Francisco Flores, el fiscal Douglas Meléndez explicó que «no hubieran tocado los bienes que pertenecen a su familia, si no hubieran hallado pruebas de que hubo en los inmuebles mejoras que provinieron del peculado y de la corrupción».

«Es un caso inédito, porque por extensión y por excepción al presidente Flores se le aplicó la interpretación de que algunas mejoras en los inmuebles provinieron de hechos delictivos durante su mandato», reiteró.

El analista explicó que también debe dejarse claro en la modificación a la ley que se tiene que aplicar a todos los bienes, incluyendo los obtenidos lícitamente para efecto de «resarcir» el daño económico provocado al Estado por funcionarios y exfuncionarios públicos.

Salgado también está de acuerdo en que se mantenga la retroactividad de la ley, para que el Fisco pueda recuperar de los sucesores o herederos del exfuncionario que haya cometido «peculado», el valor de lo defraudado.

Incluso debe dejarse claro que se pueda confiscar un bien procedente de una actividad ilícita, a pesar de que este pueda haber sido adquirido posteriormente por una persona que no cometió peculado o de lavado de dinero o cualquier otro delito por el cual se pueda aplicar la Ley de Extinción de Dominio.