Conozca las causales por las que se puede cancelar un Partido Político

Por Redacción UH

Cambio Democrático no puede ser cancelado, porque así lo establece el artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos de El Salvador, que expresa que si hay una representación en la Asamblea Legislativa no procede dicho acción.

Después que fuera anunciado una alianza política entre Nuevas Ideas y CD, algunos sectores vaticinaron la cancelación de este instituto político con un recurso de cancelación del 2015, que no procedió en ese momento en la Sala de lo Constitucional y que tuvo que haber resuelto ese tema antes de la participación de las elecciones del 2018.

En los comicios del pasado 4 de marzo, el partido Cambio Democrático participó con candidatos propios en las elecciones legislativas y concejos municipales, en algunos municipios fueron en coalición; de tener algún reparo porque no lograron en el 2015 los 50 mil votos, la Sala no dijo nada en ese momento.

Ahora, un magistrado de la Sala de lo Constitucional afirmó que el tema será discutido esta semana, un expediente que tiene 3 años de estar dentro de la mora judicial del Máximo Tribunal de Justicia.

Estas son las causales para la cancelación de un partido político en El Salvador:
Art. 47.- Procede cancelar la inscripción de un partido político:
a. Por disolución voluntaria de acuerdo a sus estatutos;
b. Por el efecto de una fusión de partidos;
c. Cuando un partido político que interviene en una elección de Diputados a la Asamblea
Legislativa no obtenga cincuenta mil votos válidos emitidos a su favor;
d. Cuando no participe en dos elecciones consecutivas, siempre que éstas no se celebren en un mismo año;
e. Cuandoun partido político utilice para su propaganda, imprentas, órganos de prensa, radio
o televisión o cualquier otro medio de difusión que estén bajo la administración de
entidades estatales.
Se exceptúa de la anterior disposición, lo establecido en esta Ley y el Código Electoral,
como prerrogativas de los partidos políticos;
f. Cuando algún partido político propicie el fraude en alguna elección o que lo aceptare en
su beneficio, siempre que tal hecho sea establecido legalmente;
g. Cuando los partidos políticos que integren una coalición para participar en una elección
de Diputados a la Asamblea Legislativa o de Diputados al Parlamento Centroamericano,
participen con símbolo único, y no obtuvieren, el porcentaje de votos válidos según la
siguiente tabla:
1. Cien mil si la coalición está integrada por dos partidos políticos;
2. Ciento cincuenta mil si la coalición está integrada por tres partidos
políticos;
3. Cincuenta mil adicional por cada partido político superior a tres que
integren o pacten conformar dicha coalición.
En todo caso, ningún partido político podrá ser cancelado si cuenta con representación legislativa
de al menos un Diputado en la Asamblea Legislativa.