CEJ: “Las resoluciones de la Sala se cumplen. No a medias, ni a conveniencia”

Por Redacción UH

El Centro Estudios Jurídicos (CEJ) hizo presente en el 2020 que las resoluciones de la Sala de lo Constitucional “se cumplen. No a medias, ni a conveniencia. Se cumplen”.

Sin embargo, es decir que esas declaraciones son todo lo contrario a su pronunciamiento el día de ayer, en cuanto a la resolución emitió donde ordena al Tribunal Supremo Electoral (TSE), permitir en conformidad al artículo 152 ordinal primero, que una persona que ejerza la presidencia pueda participar en la contienda electoral por una segunda ocasión.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) manifesto una resolución en la que establece que una persona que ejerce la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el periodo inmediato anterior pueda ser participe en la contienda electoral por una segunda vez

“Ordénese al Tribunal Supremo Electoral dar cumplimiento a la presente resolución en lo relacionado a permitir de conformidad con el artículo 152 ordinal 1 ° que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido Presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”, cita la sentencia 1-2021 de la Sala de lo Constitucional.

Con esta reforma, la Sala de lo Constitucional, sobreseyó el proceso de pérdida de los derechos de, en contra de la señora Nancy Marichel Díaz de Martínez, ya que no se puede probar que ella haya apoyado o promocionado la reelección presidencial, sin que exista una manifestación real y expresa del Presidente de la República.